REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecucion de Barcelona
Barcelona, 15 de Mayo de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2001-001087
ASUNTO : BP01-P-2001-001087
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada en fecha 13-12-2004, por el Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, mediante la cual decretó EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a la ciudadana MIRIAM JOSEFINA SANCHEZ VILLALBA, titular de la Cedula de identidad N° 10.292.786, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 08-08-66, de 38 años de edad, Profesión u Oficio Ama de Casa, estado civil soltera, hija de GUILLERMO SANCHEZ Y JOSEFINA VILLALBA residenciada en Las Charas, Calle Bella Vista, casa N° 07, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui; de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 1° y 4°, en relación con el 324, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, respecto al delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. En consecuencia este Tribunal N° 01 de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a la ciudadana MIRIAM JOSEFINA SANCHEZ VILLALBA, en relación a la presente causa. Ofíciese al Ministerio de Interior y Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores; igualmente remítase la presente causa en su forma original al Archivo Judicial de este Estado en su oportunidad legal, a los fines de su cuido y archivo.
Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de este Estado, Dr. JOSÉ LUIS AZUAJE, al Defensor de Confianza, DR. REINALDO MARCANO y a la ciudadana MIRIAN JOSEFINA SANCHEZ VILLALBA. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 01,
DRA. FREYA RODRIGUEZ DE LOPEZ.
LA SECRETARIA,
ABG. FRANCIS SANCHEZ.