REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barcelona
Barcelona, 17 de Mayo de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2000-002182
ASUNTO : BP01-P-2000-002182

Definitivamente firme como ha quedado la decisión dictada en fecha 08 de Junio de 2005, por el Tribunal de Control N° 06 de este Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, mediante la cual Decretó LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con los artículos 45 y 48 Ordinal 7º ambos del Código Orgánico Procesal Penal, respectivamente, y por consiguiente el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano JOSÉ JESÚS RAMONIS GUAINA, titular de la Cédula de Identidad Nº-V-8.219.267, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
En consecuencia este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano JESÚS RAMONIS GUAINA.
Ofíciese al Ministerio de Interior y Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores.
Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de este Estado. Dr. JOSE LUIS AZUAJE BENITEZ, a la Defensa Pública Penal de este Estado, DRA. JUANA MARÍA PADRINO. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION N° 02,
DRA. YDANIE ALMEIDA GUEVARA.
LA SECRETARIA.,
ABG. AIDA ELENA RAMOS.
YAG/lisbeth