REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de mayo de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO : BP02-S-2006-001168
Vista la anterior solicitud de Título de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por el ciudadano JOSE RAMON REBOLLEDO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.9.076.270, de este domicilio, asistido por el abogado WILFREDO JOSE CASTELLANO, inscrito en el Inpreabogado con el N°.67.190; mediante la cual solicita que el sea declarado ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del de cujus BEQUITA MORON ORDOGOITE DE REBOLLEDO; quien fuera venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N°.3.672.099 y falleció ab-intestato , en fecha Dieciocho (18) de Junio de Dos Mil Cinco 2.005, en su último domicilio Calle 5 de Julio, Pozuelo Abajo, Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui y vistas asimismo las declaraciones contestes rendidas por los ciudadanos JOSE ANTONIO GRAFFE CANACHE y JESUS RAFAEL OLIVERO, identificados en autos; quienes declararon por ante este Juzgado y por cuanto no ha habido impedimentos de terceros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del de cujus BEQUITA MORON ORDOGOITE DE REBOLLEDO, al ciudadano JOSE RAMON REBOLLEDO PEREZ; anteriormente identificado, dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase original y demás actuaciones al interesado y déjese copia certificada del presente auto, a fines de su archivo y nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal.
LA JUEZ,
DRA. IDA TINEO DE MATA
LA SECRETARIA,
DRA. MIRLA MATA ROJAS.