REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta y uno de mayo de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-S-2006-002267
Vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por los ciudadanos: CARMEN ANTONIA ALCALA viuda de PEREZ, EVALDO JOSE PEREZ ALCALA, ANTONIO JOSE PEREZ ALCALA, ROSARIO DE LAS MERCEDES PEREZ ALCALA, ROSANNA DEL CARMEN PEREZ ALCALA Y EDUARDO JOSE PEREZ ALCALA, venezolanos, mayores de edad, asistidos por la abogada ROSA FIGUERA, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.583, mediante el cual solicitan sean declarados como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus EVALDO JESUS PEREZ LUGO, quien falleció ab- intestato en la ciudad de Barcelona, Municipio Bolívar. El 04 de Febrero del año 2004.- Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos CRUZ RAFAEL DIAZ y JOSE GREGORIO VELASQUEZ MEJIAS, identificadas en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus EVALDO JESUS PEREZ LUGO, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original a los solicitantes y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.-
LA JUEZ PROVISORIO,
DRA. IDA TINEO DE MATA.
LA SECRETARIA,
DRA. MIRLA MATA ROJAS.