REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cinco de mayo de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-V-2006-000613
Visto el desistimiento presentado por la abogada Zaida Uban Blanco, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 9.917, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil Hoteles Doral, C.A, empresa administradora del Condominio del Doral Beach Villas, Tennis & Golf Club, el Tribunal lo HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones por ella suscrito, en consecuencia, se declara terminado el presente proceso, se ordena la devolución de los documentos originales anexados a la respectiva demanda previa su certificación en autos; y asimismo se ordena el archivo del expediente.- Devuélvase.-
LA JUEZ PROVISORIO,
DRA. IDA TINEO DE MATA
LA SECRETARIA,
DRA. MIRLA MATA ROJAS
En esta misma fecha se solicitan fotostatos para proveer.- Conste,
LA SECRETARIA
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