REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciocho de mayo de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-S-2006-002716
Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, presentada por el ciudadano: JOSÉ HORACIO ARMAS ARMAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.268.850, domiciliado en la Vereda 2, N° 12, de la Urbanización Portugal, Barcelona, del Estado Anzoátegui, debidamente asistido en este acto por la Dra. ANABEL RODRÍGUEZ GARCÍA, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 27.887, y visto el justificativo evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de los ciudadanos: VICTOR LEON SALAZAR y ALEXIS JOSE GUTIERREZ PERAZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 4.495.825, y 11.903.950, respectivamente, quienes manifestaron que conocen de vista, trato y comunicación al ciudadano: JOSÉ HORACIO ARMAS ARMAS desde hace varios años; igualmente dan fe de que su Padre JOSÉ HORACIO ARMAS SUBERO, murió el 03 de Mayo de 1.991, en la ciudad de Barcelona y estuvo casado con la Ciudadana: EVELIA CELESTINA ARMAS DE ARMAS; además saben y les constan que de esa unión nació el Ciudadano: JOSÉ HORACIO ARMAS ARMAS, quien es venezolano y mayor de edad; si les constan que el Único Heredero del prenombrado fallecido, JOSÉ HORACIO ARMAS SUBERO, es el Ciudadano: JOSÉ HORACIO ARMAS ARMAS, y no tuvo otros hijos, ni legítimos, ni adoptivos, ni reconocidos; además saben y les constan que dejo derechos heredables, y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA al Ciudadano, JOSÉ HORACIO ARMAS ARMAS, COMO EL ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de su causante JOSÉ HORACIO ARMAS SUBERO, dejando a salvo los derechos de terceros.
Tómese nota de este Decreto en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año y devuélvanse originales con sus resultas las presentes actuaciones.
La Juez Suplente Especial,
Dra. HELEN PALACIO GARCIA.-
La Secretaria Accidental,
Abog. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA.
HPG/Gledys.-