REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de mayo de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BN02-X-2006-000011

Por recibidas las actuaciones que anteceden relacionadas con la Inhibición planteada por el Dr. JESUS GUTIERREZ DIAZ, en su carácter de Juez Temporal del Tribunal Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, propuesta por LORENA MONSALVE BELLORIN, en contra de CARMEN MARIA BLANCO, cuya inhibición reza lo siguiente: “...Por cuanto emití opinión por haber sentenciado la causa N° BP02-V-2004-00705, en la cual la demandante y la demandada son las mismas partes que en la presente causa, me INHIBO de seguir conociendo de la presente causa, por encontrarme incurso en la causal N° 15, del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil...”.
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Superior en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la presente Inhibición por estar fundamentada en causal legal. En consecuencia, remítase las actuaciones a la Primera Instancia para que dé cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
La Juez Suplente Especial.

Dra. HELEN PALACIO GARCIA.
La Secretaria Acc;
Dra. Marieugelys García Capella.
HPG/lorena.-