REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIVIL
ASUNTO: BP02-F-2005-000244
En el día de hoy, 02 de Mayo de 2.006, siendo las Once de la mañana (11:00 a.m.), hora y fecha fijada por el Tribunal para que tenga lugar el Primer (1er) Acto Conciliatorio en el presente juicio, se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal bajo las formalidades de Ley, por el Alguacil del mismo, el Tribunal deja constancia que no comparecieron ninguna de las partes ni por si ni por medio de apoderados, en consecuencia este Juzgado declara EXTINGUIDA la presente causa conforme lo establecido en el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez Suplente Especial,
Abg. Helen Palacio García
La Secretaria Acc.,
Abg. Marieugelys García