REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de mayo de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : BP02-S-2006-001098


Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por los ciudadanos: NICANOR DE JESUS MARAGUACARE y SENAIDA JOSEFINA GARCIA ALFARO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 5.489.993 y 8.296.436, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio JESUS ENRIQUE CASTRO TABARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 80.578 y visto el justificativo evacuado por ante el Juzgado del Municipio Libertad de este Estado, con las declaraciones de los ciudadanos: PORFIRIO ANTONIO PEREZ y JORGE LUIS HERRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.486.673 y4.906.072, respectivamente, quienes manifestaron que conocen a Los solicitantes NICANOR DE JESUS MARAGUACARE y SENAIDA JOSEFINA GARCIA ALFARO, como también conocieron al causante JOSE GENARO MARAGUACARE, que les consta que el prenombrado de cujus falleció el día 03 de Noviembre de 2005, que saben y les consta que el prenombrado de cujus es hermano de los mencionados e identificados solicitantes; que les consta que los ciudadanos NICANOR DE JESUS MARAGUACARE y SENAIDA JOSEFINA GARCIA ALFARO son los Únicos y Universales Herederos, y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a los ciudadanos NICANOR DE JESUS MARAGUACARE y SENAIDA JOSEFINA GARCIA ALFARO COMO LOS UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su causante JOSE GENARO MARAGUACARE, dejando a salvo los derechos de terceros.
Tómese nota de este Decreto en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.
La Juez Suplente Especial,


Dra. HELEN PALACIO GARCIA

La Secretaria Accidental,


Dra. MARIEUGELYS GARCIA C.-


HPG/mónica