REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de mayo de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-V-2004-000287
Visto el anterior escrito suscrito por la abogada EVA M GONZALEZ E., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 31.376, en su carácter de autos, mediante la cual desiste del presente procedimiento, el Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, a dicho DESISTIMIENTO, hecho por la parte demandante en el juicio por ACCION REIVINDICATORIA, intentado por el Abogado GUSTAVO RAMOS, actuando en nombre y representación de los ciudadanos ROBERTO RAMOS GARCIA y JOSEFINA PAYARES DE RAMOS, plenamente identificado en autos, en contra de la Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE), de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia; se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente y así se decide.
El Juez Suplente Especial,
Abg. Pedro Rafael Mejìa.-
La Secretaria,
Abg. Doris Rojas de Nadales.-
PRM/kgs
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