REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, quince de mayo de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP12-S-2006-001481
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: MAURA RODRIGUEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.984.285 y de este domicilio, asistido por la abogada FLOR YESENIA CUESTA GONZALEZ, e inscrita en el inpreabogado bajo el N98.239, solicitando se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a sus propias expensas con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Avenida Honestidad, del sector Urbanística del sector Urbanística 2000 de El tigre, y alinderadas de la siguiente manera: NORTE. con casa de Yoliceth González; SUR: Con parcela ocupada; ,ESTE: con casa que es de Isaida Blanco y; OESTE; Con la Avenida Honestidad- Dichas bienhechurias consisten en una casa de paredes de bloques de cemento, piso de cemento, techo de zinc, con puertas y ventanas de hierro, constante de de dos (2) habitaciones dos (2) baños, una (1) sala comedor y una (1) cocina,.- El valor invertido es la cantidad de VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000,oo) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos: este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos de terceras personas que puedan tener sobre la mencionada justificación la DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la bienhechuria mencionada que ejerce la ciudadana MAURA GONZALEZ- Devuélvanse las actuaciones al interesado.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA