REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, dieciséis de mayo de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP12-S-2006-001242
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: ADINA DEL CARMEN CAPRIATA DE CABRERA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.501.432, y de este domicilio, asistido por la abogada VIAGNELLYS MACUARE, e inscrita en el inpreabogado bajo el N. 111.768, solicitando se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a sus propias expensas con dinero de su propio peculio, ubicadas El sector Las Malvinas II, de San José de Guanipa, alinderadas de la siguiente manera: NORTE. Casa de Carlos Rivas SUR: Casa de Yoset González, ESTE : Pedro León Torres y OESTE; terreno Municipal.- Dichas bienhechurias consisten en una vivienda constante de cuatro (4) habitaciones, dos (2) baños, una (1) sala comedor, una (1) cocina, techo de zinc, pares de bloques de cemento, y piso de cemento .- El valor invertido es la cantidad de CINCO DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000,OO) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos: ANDREINA HERNANDEZ Y RAFAEL LINARES, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos de terceras personas que puedan tener sobre la mencionada justificación la DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la bienhechuria mencionada que ejerce la ciudadana ADINA DEL CARMEN CAPRIATA DE CABRERA.- Devuélvanse las actuaciones al interesado.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA