REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, dieciocho de mayo de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP12-S-2006-001705
Vista la solicitud presentada por el ciudadano PEDRO CELESTINO GOMEZ BARROSO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. 2.430.246. y de este domicilio, asistidas por la abogado KATRINA SALEK, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.997, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, en una parcela de terreno propiedad Municipal, ubicada en la calle Principal N. 25 del sector las Delicias de El Tigre.- Alinderadas de la siguiente manera NORTE: Casa que es o fue de Iris Cubillan.- SUR: Casa que es o fue de Maritza Gómez. ESTE: Calle Principal y OESTE: Casa que es o fue de Carmen Gutiérrez.-. Dichas bienhechurias consisten en unas bienhechurias conformada por una (1) habitación, un (1) baño con piso rústico, paredes de bloques, y techado de zinc, .- El valor invertido en ella es la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000,oo) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos JULIO CESAR MORENO y YELITZA GOMEZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano PEDRO CELESTINO GOMEZ BARROSO identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA

LA SECRETARIA

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA