REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, treinta de mayo de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BH11-M-2004-000045
En fecha nueve de agosto de dos mil cuatro se recibieron en este Juzgado, actuando como Tribunal de Alzada, por apelación los autos relativos al procedimiento de Cobro de Bolivares (Vía Intimatoria) intentada por la ciudadana EMILDA DEL SOCORRO RODRÍGUEZ DE ARRIOJAS contra la ciudadana MALLABY JOSEFINA GARCÍA y MARÍA DE GARCÍA, por ante el Juzgado del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.-
En el presente caso el Juzgado remitente había pronunciado una decisión en fecha 18 de junio de 2004, mediante la cual declaró PERIMIDA la instancia en la presente causa y este Juzgado, mediante auto de fecha 09 de agosto de 2004 dio entrada a dicha causa y fijó lapso para presentar informes, no constando en autos que se hayan presentado informe alguno por la parte apelante, ni por la otra parte.-
En tal virtud, debe entenderse que, habiendo trascurrido más de un (01) año desde que se dictará el auto de entrada de la causa y se fijara el lapso para la presentación de los informes, si que éstos fuesen consignados, ni se realizara ningún acto de procedimiento, debe entenderse decaído el interés en la formalización de la apelación, en consecuencia, la instancia ha perecido, por aplicación del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide.-
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, actuando como Tribunal de Alzada en la presente causa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERECIDA la instancia y extinguido e presente procedimiento y así se decide.-
En virtud de que ha quedado firme la decisión de Primera Instancia devuélvase el expediente al Juzgado del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.-
Dada, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en la ciudad de El Tigre, a los treinta días del mes de mayo de dos mil seis.- Años: 197° de la Independencia y 146° de la Federación.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA