REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, treinta y uno de mayo de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP12-S-2006-001918
Vista la solicitud presentada por el ciudadano VICTOR JOSE CASTRO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.067.180, domiciliado en la Calle Mari Briceño Méndez Iragorry, N° 2-33, de la ciudad de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la misma dirección, sobre un lote de terreno propiedad municipal. Alinderadas de la manera siguiente NORTE: Calle Fajardo, terreno de la familia Sandoval; SUR: Calle 23 de enero, terrenos de Técnica Tele Radio; ESTE: Calle Andrés Eloy Blanco, terrenos de la familia Coba y OESTE: Calle Mario Briceño Méndez. Dichas bienhechurías consisten en una vivienda con las siguientes características: cuatro (04) habitaciones, tres (3) baño, dos (02) sala, una (01) cocina y una (01) sala de estar. El valor invertido es la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 10.000.000), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano Víctor José Castro Rodríguez, ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
MARIANELA QUIJADA ESTABA