REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, doce de mayo de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-L-2006-000267

Visto el contenido de la diligencia de esta misma fecha, mediante el cual, la abogado en ejercicio MIGADALIA J. FERRARA, INPREABOGADO Nº 94.686, en su carácter de coapoderada judicial del ciudadano BRAULIO RODRIGUEZ, parte actora el presente procedimiento, desiste del presente procedimiento, en virtud de que su representado suscribió transacción extrajudicial con la demandada de autos sociedad mercantil TERRAVIAL, C.A., por la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES CON 00/CTMOS, (Bs.1.000.000,00), tal y como se evidencia a los folios 20 al 25, del presente expediente, y verificada las facultades conferidas cursante a los folios 6 y 7 del presente expediente, es por lo que este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO HECHO POR LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA, en consecuencia da por terminado el presente procedimiento ordenando su archivo judicial. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Cúmplase.
LA JUEZ TITULAR,


ABG. MARIA JOSE CARRIÓN G.
LA SECRETRIA,


ABG. FABIOLA PEREZ.
Seguidamente y esta fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado, publicándose la anterior decisión siendo las 9:45, a.m. Conste:



La Secretaria,


MJCG/FP.-