REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de mayo de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : BP02-S-2006-001075

Definitivamente firme como ha quedado la anterior Sentencia de DIVORCIO 185-A, propuesto por los ciudadanos ILIANA GRACIELA VILLALOBOS BARRIOS y ABIGAIL WALDEMAR VILLARROEL RIVAS, dictados por este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº. 02, procédase a su ejecución. A los efectos de los Artículos 475 y 507 del Código Civil, expídase copia certificada de la Sentencia con inserción del presente auto y remítase con oficio una de ellas al Jefe Civil De La Parroquia Cacique Mara, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, y otra al ciudadano Registrador Principal del Estado Zulia. Certifíquense por Secretaria dichas copias de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del código Civil.- Se acuerda la devolución de los originales previa certificación por secretaria. Se ordena el cierre del presente expediente y su remisión al archivo judicial.
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº. 02


DRA. ANA JACINTA DURAN.

LA SECRETARIA.

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.

En la misma fecha del auto anterior, se cumplió todo lo ordenado en él.-


LA SECRETARIA.

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.



AJD/ CA