REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ANACO DE LA CICUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI

Anaco, 17 de Mayo de 2006.
195º y 146º



Visto el DESISTIMIENTO, suscrito por los ciudadanos ISOBEL DEL VALLE RON, venezolana, mayor de edad, abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº.29.548, quien actúa en carácter de Apoderado judicial de la parte actora en el expediente signado bajo el Nº 06-3639 en Juicio por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, contra el ciudadano FAISAL RAFAEL HALABI YAHIE venezolano mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº v- 5.991.457. y de este domicilio, mediante el cual ha puesto fin a la presente demanda Este tribunal en base a ello pasa a decidir y lo hace de la siguiente manera…………………………………………………………
Quienes suscriben dicho DESISTIMIENTO, tienen facultad para hacerlo, pues es parte identificada para el presente Juicio con facultad para realizar cualquier acto derivado del mismo, y aun mas un acto de AUTO COMPOSICION procesal que el que nos ocurre, por lo que el despacho nada tiene que objetar a dicho DESISTIMIENTO, y le concede la HOMOLOGACION DE LEY, e igualmente se acuerda devolver los documentos de la presente acción previa a su certificación. Se ordena el archivo del presente expediente. El Juez Titular,

Dr. Víctor Lugo Ascanio
La Secretaria,

Abg. Fátima Rondon Itanare

VLA/ o.p
Exp Nº 06-3639