En el día de hoy, Treinta de de mayo de dos mil seis, siendo las 3:15 PM, el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Simón Rodríguez, Guanipa y José Gregorio Monagas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, previa habilitación, se trasladó y constituyó en compañía de los co-apoderado actores ROLANDO MAESTRE Y MARCOS MAESTRE, con Inpreabogado bajo los números: 20.131 Y 41.188., respectivamente, en la sede del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los fines de practicar una Medida Preventiva de Embargo decretada por ese mismo tribunal, relacionado con el Juicio por Cobro de Bolívares (Vía Intimatoria), formulada por GOVAL, C.A., contra VERAICA. Presente en el sitio la Ciudadana: Mercedes Sánchez, C.I 9.981.820, con el carácter de Juez Temporal de ése Tribunal, a quien el Tribunal le notifica de la misión encomendada. Seguidamente intervienen el Apoderado Actor anteriormente identificado y expone: “Señalo para ser embargado preventivamente, la suma de Bs. 8.695.467,68, del monto expresado en el cheque número S9232203095, de fecha 10-05-2006, librado contra el Banco de Venezuela, por la cantidad de Bs. 65.172.181,00 el cual se encuentra emitido a nombre del Juzgado Séptimo de Primera instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, dicho monto equivale al remanente de la suma de Bs.65.172.181,00, previa deducción de la cantidad de Bs. 56.476.714,32 sobre la cual recayó embargo ejecutivo practicado por este mismo tribunal Ejecutor en el día de hoy, y del cual se dejó constancia en el expediente número BP12L2006000065, relacionada con el juicio por Prestaciones Sociales, incoado por el ciudadano MIGUEL CERMEÑO, en contra de la empresa VERAICA. Es todo”. Seguidamente el Tribunal declara Embargado Preventivamente la suma de Bs. 8.695.467,68, del monto expresado en el cheque número S9232203095, de fecha 10-05-2006, librado contra el banco de Venezuela, por la cantidad de Bs. 65.172.181,00., cantidad que resulta de la deducción del monto de Bs. 56.476.714,32., suma embargada ejecutivamente por este tribunal el día de hoy en la causa BP12-L-2006-000065. Asimismo se le informa a la notificada, que la cantidad de dinero embargada, deberá ser remitida al tribunal de la causa TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, mediante cheque de gerencia a la orden de ese mismo Tribunal. Seguidamente intervienen los apoderados actores y exponen:” Nos reservamos el derecho de seguir señalando bienes para ser embargados, propiedad de la demandada por cuanto no se ha cubierto el monto de la deuda.. Es Todo”. . En este estado interviene la notificada, Dra. Mercedes Sánchez y Expone:” El Tribunal deja constancia que se levanta acta civil en el expediente objeto de la presente medida. Seguidamente el tribunal siendo las AM, da por cumplida su misión y acuerda el regreso a su sede. Es todo”. Terminó, se leyó y conformes firman.-
La Juez, (Hay Sello Húmedo y Firma Ilegible).

La Notificada (Firma Ilegible).

El Apoderado Actor, (Firma Ilegible).

El Secretario, (Firma Ilegible).