REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de mayo de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BH0B-X-2006-000005
Vista la inhibición planteada por el Abogado ANTONIO ROJAS HERNANDEZ, en su condición de Juez Temporal del Tribunal Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial (hoy Juez Cuarto de Juicio del Trabajo), en la causa signada con el Nº BH05-L-2002-000373, contentiva del juicio por Cobro de Prestaciones Sociales incoado por el ciudadano LUIS ENRIQUE BARRIOS GAMBOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.258.810 contra el REGISTRO PRIMERO MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, con fundamento en la causal contenida en el numeral 5° del artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal de Alzada, al constatar previa revisión detallada de las actas que integran el expediente, que en efecto el Juez inhibido conoció del asunto al emitir pronunciamiento sobre el mérito de la causa mediante sentencia de fecha 15 de septiembre de 2004, fallo que fuera revocado por este Tribunal Superior al haberse omitido la notificación del Procurador General de la República, en atención a lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y tomando en consideración que la inhibición se encuentra fundamentada en causal legal, declara la misma CON LUGAR y así se decide, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Particípese de la presente decisión al juez inhibido. Líbrese oficio y copia certificada de la presente decisión. Así mismo, en acatamiento a las disposiciones establecidas en el artículo 41 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena remitir las actuaciones contenidas en el presente expediente a los fines del conocimiento de la causa al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. Líbrense oficios. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la ciudad de Barcelona, a los once (11) días del mes de mayo de 2006.
La Juez Temporal,

Abg. Carmen Cecilia Fleming H.

La secretaria,

Abg. Lourdes C. Romero H.
La anterior decisión fue dictada y publicada en el sistema Juris 2000 en esta misma fecha, siendo la 2:32 p.m. Conste.


La Secretaria,

Abg. Lourdes C. Romero H.