REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
ASUNTO: BP02-R-2006-000209
PARTE APELANTE: V.F.G. SUDAMTEX, C.A., originalmente constituida bajo la denominación de Pennwalt Venezolana C.A., según documento inscrito en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, bajo el N° 15, Tomo 16-A, en fecha 14 de junio de 1979 y modificada en su denominación comercial y domicilio a la que hoy detenta, según documento inscrito por ante la Oficina del Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el día 30 de diciembre de 1987, anotado bajo el N° 55, Tomo 95-A Sgdo.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NESTOR ALFONSO RONDON, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 11.134.
PARTE ACTORA: CARLOS GUILLEN PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.258.524.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JOSE RAMÓN TOVAR y GUSTAVO JOSE ALVAREZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 26.917 y 83.903, respectivamente.-
MOTIVO: RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA REPRESENTACION JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONADA CONTRA LA DECISION DICTADA POR EL TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO, EN FECHA 07 DE MARZO DE 2006. OIDO EN AMBOS EFECTOS EN FECHA 16 DE MARZO DE 2006.
En el día hábil de hoy, dieciséis (16) de mayo de 2006, siendo las 2:30 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia de parte en la presente causa, se deja constancia que se encuentran presentes la Juez Temporal, la Secretaria Accidental del Tribunal y el alguacil designado, dejándose constancia de la incomparecencia de la parte apelante a través de representación judicial alguna, así como de la comparecencia de la representación judicial de la parte actora Abogados JOSE RAMÓN TOVAR y GUSTAVO JOSE ALVAREZ, plenamente identificados. Seguidamente, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, al evidenciar la anterior circunstancia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación, interpuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Régimen Procesal Transitorio, en fecha 07 de marzo de 2006, la cual queda CONFIRMADA. A tenor de lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena la empresa demandada V.F.G. SUDANTEX, C.A., en las costas del recurso. Igualmente se deja constancia, que la presente Audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, serial No. 440990, manipulada por el ciudadano JESUS GUEVARA, titular de la cédula de identidad No. 11.904.682. Se ordena agregar a los autos la video grabación del presente acto, así como también hoja del control de audiencias llevado por este Tribunal Superior. Se acuerda la publicación de la presente acta. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Temporal,
Abg. Carmen Cecilia Fleming H.
La Secretaria Acc.,
Abg. Yirali Quijada C.
La representación Judicial
de la parte actora
El Alguacil
Abg. Ramón Tovar
Antonio Henríquez
Abg. Gustavo Alvarez
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