REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, quince de noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BH06-X-2006-000253

Vista la inhibición planteada en fecha 08 de noviembre de 2006, por la Dra. SANTA SUSANA FIGUERA, en su condición de Jueza del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, Sala Nº. 1., en la solicitud de COLOCACION FAMILIAR, formulada por la ciudadana NELLI MERCEDES ESPIN BASS, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 5. 492. 695, fundamentada la expresada inhibición en la causal 18º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, por enemistad existente entre su persona y la de la abogada asistente de la parte accionante, NILDA GLECIANO; este Tribunal Superior, conforme a lo establecido en el artículo 88 ejusdem, declara CON LUGAR dicha inhibición por estar fundamentada en causal legal.
En consecuencia, remítanse las presentes actuaciones al a-quo, a los fines legales consiguientes.
Así se decide, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.

El Juez Superior Temp.,



Abg. Rafael Simón Rincón Apalmo

La Secretaria,

María Eugenia Pérez
Mediante Oficio Nº. 0410- 777 y constante de siete (07) folios útiles, se hace la remisión ordenada. Conste.
La Secretaria,

María Eugenia Pérez