REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, dos de noviembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : BH02-X-2006-000180
Vista la inhibición planteada en fecha 23 de octubre de 2006, por la DRA. IDA TINEO DE MATA, actuando en su condición de Juez del Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en la acción Interdictal, incoada por la ciudadana CARMEN DOMINGA TONITO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 1. 173.922, contra la ciudadana SILVESTRE MELANIA MOYA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 1.195. 595; fundamentada dicha inhibición en la causal 15º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, por haber emitido opinión, con ocasión del juicio reivindicatorio, seguido por las mismas partes, identificadas supra, “el cual fue sentencia en fecha 19 de noviembre de 2004, declarándose Con Lugar la acción intentada por la parte actora”; este Tribunal Superior conforme a lo establecido en el artículo 88 ejusdem, declara CON LUGAR la inhibición planteada, por estar fundamentada en causal legal. Así se decide, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley.
En consecuencia, remítanse estas actuaciones al Juzgado de origen, a los fines legales consiguientes.
El Juez Superior Temp.,

Abg. Rafael Simón Rincón Apalmo
La Secretaria,

Abg.María Eugenia Pérez
Mediante Oficio Nº. 0410- 744 y constante de seis (06) folios útiles, se da cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Conste.
La Secretaria,

Abg. María Eugenia Pérez