REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 17 de noviembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2006-004710
ASUNTO : BP01-P-2006-004710
Visto el oficio Nº ANZ-UAV-355-06, emanado de la Unidad de Atención a la Víctima del despacho del Ministerio Público de éste Estado, mediante el cual solicita una prorroga de la Medida de Protección, acordada en fecha 12/06/2006, la cual se encuentra evidentemente vencida, asimismo solicita se inste el Cuerpo Policial, a fin de que cumpla eficazmente con la medida acordada, a la ciudadana ADELIS JOSEFINA GONZALEZ, en consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 06, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Prorrogar a favor de la ciudadana ADELIS JOSEFINA GONZALEZ, las siguientes medidas de protección, conforme a lo dispuesto en el artículo 120 del Código Orgánico Procesal Penal.
PRIMERO: Oficiar al Comandante de la Policía del Estado Anzoátegui, para que se sirva tomar las debidas previsiones a fin de brindar protección a la ciudadana ADELIS JOSEFINA GONZALEZ, en su condición de Víctima.
SEGUNDO: La Vigilancia policial por un lapso de tres (3) meses en los alrededores de la residencia de la víctima, ubicada en Las Delicias, Calle Orinoco, cruce con Olivo, Nº 33, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, por funcionario policiales adscritos al Instituto Autónomo de la Policía del Estado Anzoátegui, Zona Policial Nº 2, previa notificación del mismo.
TERCERO: Líbrese los correspondientes oficios y las boletas de notificación respectivas. Librese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ DE CONTROL N° 06,
DRA. ALEXA GAMARDO RIVERO
LA SECRETARIA
ABGº MARIA ALEJANDRA NERI
AGR/Ramón.-