REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 1 de Noviembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL: BP01-P-2006-009710
Visto el escrito presentado por la DRA. TAMAIRA MEDINA, en su carácter de Fiscal Vigésima del Ministerio Público de este Estado, mediante el cual coloca a disposición de este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, en calidad de detenido a los imputados TOMAS VICENTE GUZMAN GARCIA, JHONNY JOSE MENDOZA SUBERO, ANTONIO JOSE NUÑEZ ARIAS, FELIX RAFAEL DIAZ, INGRID JOSE DIAZ, GIOMAR JOSE DIAZ, EDGARD ALEXANDER GONZALEZ DIAZ, FRANCISCO JAVIER MISET, PEDRO GERMAN ZAMBRANO BERRIOS, LUIS JESUS PLAZA MARQUEZ, JESUS GARCIA FUENTES, JESUS MANUEL ALCALA GUERRERO, OMAR RAFAEL CARPINTERO RODRIGUEZ, MARCOS ANTONIO CARABALLO URBANEJA, HOWARD VICENTE ZUÑIGA SILVA, PEDRO JOSE ARIAS GONZALEZ, LEONEL DAVID GUERRA FRONTADO, CARLOS ALBERTO YENDI, EDWIN JESUS SABARIEGO MORALES, JUAN CARLOS COVA RINCONES, ALEX ALEJANDRO GUATARAMA PEREZ y JOSE ALEXANDER VILLEGAS RODRIGUEZ, por la comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA Y OBSTRUCCION DE LAS VIAS PÚBLICAS, y a quien solicita la aplicación de MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTA, y se ordene el procedimiento ordinario. Y oídos como fueron los imputados debidamente asistidos por sus Defensores Públicos, DRES. ZIMARU FUENTES, JUANA MARIA PADRINO Y ALFREDO COLON , previamente designados, este Tribunal para decidir observa y pasa a realizar los siguientes pronunciamientos:
Oída las partes este Tribunal Séptimo de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Cursa del folio 08 al 10 de la causa Acta Policial 102, suscrita pro el Capital (GN) CESAR PEREZ VIDAL, mediante la cual informa: “ El 30 de octubre del 2006, siendo las 10:50 horas de la mañana, salí de comisión en compañía de los siguientes efectivos: C/1ro (GN) ARAGUACHE GUATACHE JESUS, C/1ro (GN) GUZMAN JOsE LUIS, C/2do (GN) SABINO GUAREPERO LEONEL, Dgdo (GN) MEJIAS ALVAREZ JOSE, Y Dgdo (GN) CASTRO MONASTERIO ELIECER, con destino al concesionario de venta de vehículos FIAT, UBICADO EN EL Cruce hacia la calle sucre y Refinería Puerto La Cruz, con la finalidad de verificar información relacionada con la presunta manifestación de orden público por parte de un grupo de personas desempleadas de la Industria Petrolera, que desean participar en el plan de empleo denominado “ El Hallacazo, una vez en el sitio se pudo apreciar un grupo aproximado de CIEN (100) personas que se encontraban impidiendo el paso de vehículos con destino a la Refinería de Puerto La Cruz, y reteniendo un vehículo tipo Pick-Up, color blanco, con siglas PLACAS 20F-DAN, signada con el N° 03-13429, propiedad de la Empresa PDVSA y la gandola marca MACK, PLACAS 73U-DAB, color blanco, con un chuto tipo cisterna placas 22W-MAA, color rojo, conducida por el ciudadano ANDRES SALAZAR NARVAEZ, los cuales le estaban ocasionando daños materiales, se dialogó con las personas haciéndoles del conocimiento que nuestra Legislación Nacional, permite a los ciudadanos de la República Venezolana, realizar manifestaciones en forma pacífica y sin alterar el orden público, si llegaran a salirse de esta disposición, los Cuerpos de Seguridad del Estado, en este caso la Guardia Nacional deberá controlar el orden interno del País, se les dio u lapso de tiempo estipulado de Treinta (30) minutos para que se retiraran del lugar en forma pacífica y permitieran al conductor del vehículo de la Industria PDVSA, quien fue identificado como ANGEL RAFAEL PLANCHAR, que recuperara su vehículo, haciendo caso omiso AL ENUNCIADO RESPONDIENDO CON PIEDRAS, BOTELLAS Y DEMAS OBJETOS CONTUNDENTES A LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN, RESULTANDO LESIONADO EL Sub-Teniente (GONZALEZ MARCK) a la altura del pómulo izquierdo por un objeto (piedra), lanzada por uno de los manifestantes, lo que originó que se hiciera uso del equipo de orden público (bombas lacrimógenas, escudo) logrando practicar preventivamente la detención de los siguientes ciudadanos: TOMAS VICENTE GUZMAN GARCIA, JHONNY JOSE MENDOZA SUVERO, ANTONIO JOSE NUÑEZ ARIAS, DIAZ FELIX RAFAEL, INGRI JOSE DIAZ, GIOMAR JOSE DIAZ, EDGAR ALEXANDER GONZALEZ DIAZ, FRANCISCO JAVIER MICET, PEDRO GERMAN ZAMBRANO BERRIOS, LUIS JESUS PLAZA MARQUEZ, JESUS GARCIA FUENTES, JESUS MANUEL ALCALA, OMAR RAFAEL CARPINTERO RODRIGUEZ, MARCOS ANTONIO CARABALLO URBANEJA, HOMARD VICENTE ZUNIAGA SILVA, PEDRO JOSE ARIAS GONZALEZ, LEONEL DAVID GUERRA FRONTADO, CARLOS ALBERTO YENDI, EDWIN JESUS SABARIEGO MORALES, JUAN CARLOS COVA RINCONES, ALEX ALEJANDRO GUATARANA PEREZ, JOSE ALEXANDER VILLEGAS RODRIGUEZ, ELEAZAR JESUS REYES MARTINEZ. Una vez reestablecido EL Orden Público se practicó la inspección ocular en el sitio. Cursa al folio 11 y su vto de la causa, DENUNCIA formulada por el ciudadano ANGEL RAFAEL PLANCHAR, quien entre otras cosas depone: “.. Hoy día 30-10-06, como a las 10:20 aproximadamente de la mañana, venía yo por la calle Sucre sentido hacia Refinería de repente venía un grupo de personas que al ver la Pick- Up de PDVS que yo cargaba comenzaron alanzarle piedras grande, al ver la actitud de la gente abrí la puerta y salí corriendo, ese momento venía unos guardias nacionales quienes me brindaron apoyo y llegamos donde deje el carro parado, y observe que estaba totalmente destrozado, todos los vidrios rotos a causa de pedradas y en la parte interna del carro había pedazos grande de piedra, que si no salgo rápidamente y corro, quizás me hubiesen matado…”.Al folio (35) corre inserto fotocopia de Informe Médico, a nombre del ciudadano MARK JOSEPH GONZALEZ, expedido en el Centro de Especialidades Anzoátegui, C.A.,. Al folio (37) riela Hoja de Consulta referencia, EXPEDIDA EN EL Instituto Venezolano de los Seguros Sociales donde hacen referencia de las lesiones sufridas por el ciudadano ELEAZAR REYES. A los folios (38) (39) y 40) de la causa, cursa Reseña Fotográfica (hoja de anexo N° 01) (Hoja de Servicio N° 02 ) y (Hoja de servicio N° 03) respectivamente, correspondiente a los vehículos que han sido objeto de los hechos de violencia ocurridos frente al Concesionario FIAT, entre cruce con Calle sucre y Refinería Puerto La Cruz, en fecha 30-10-2006, y que guardan relación con la presente causa; en base a ello este Tribunal acuerda que la presente investigación continúe por la vía del proceso penal ordinario, tal y como lo establece el articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Acogiendo la precalificación jurídica dada a los hechos por parte del Ministerio Publico como LESIONES GENERICAS EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA Y OBSTRUCCION A LA VIA PUBLICA, previstos y sancionados en los artículos 413 concatenado con el articulo 424 y 357 todos del Código Penal, con excepción del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 215 de la ley sustantiva penal, por considerar que de la lectura de las actas procesales, que conforman el presente expediente se observa que la conducta desplegada por los referidos ciudadanos no encuadra dentro de los verbos rectores a que hace referencia el tipo penal antes señalado.
TERCERO: Solicitando la colaboración al Ministerio Publico con el objeto de que se sirva ordenar la practica de reconocimiento medico legal a los ciudadanos GUATARAMA ALEJANDRO, ELEAZAR REYES, JUAN CARLOS COVA, ALEXANDER VILLEGAS.
CUARTO: Por cuanto los presupuestos que motivan la medida de privación judicial preventiva de libertad pueden ser satisfechos por una medida menos gravosa, se le concede a los ciudadanos TOMAS VICENTE GUZMAN GARCIA, JHONNY JOSE MENDOZA SUBERO, ANTONIO JOSE NUÑEZ ARIAS, FELIX RAFAEL DIAZ, INGRID JOSE DIAZ, GIOMAR JOSE DIAZ, EDGARD ALEXANDER GONZALEZ DIAZ, FRANCISCO JAVIER MISET, PEDRO GERMAN ZAMBRANO BERRIOS, LUIS JESUS PLAZA MARQUEZ, JESUS GARCIA FUENTES, JESUS MANUEL ALCALA GUERRERO, OMAR RAFAEL CARPINTERO RODRIGUEZ, MARCOS ANTONIO CARABALLO URBANEJA, HOWARD VICENTE ZUÑIGA SILVA, PEDRO JOSE ARIAS GONZALEZ, LEONEL DAVID GUERRA FRONTADO, CARLOS ALBERTO YENDI, EDWIN JESUS SABARIEGO MORALES, JUAN CARLOS COVA RINCONES, ALEX ALEJANDRO GUATARAMA PEREZ y JOSE ALEXANDER VILLEGAS RODRIGUEZ, la medida cautelar sustitutiva de libertad, inserta en el articulo 256, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, la cual consiste en la presentación periódica cada quince (15) días, por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, siendo su primera presentación el día de mañana 02 de los corrientes a partir de las 8:00 de la mañana. Líbrese el correspondiente oficio de libertad y remítanse las presentes actuaciones en su debida oportunidad legal y procesal a la Fiscalía Vigésima del Ministerio Publico de esta misma Circunscripción Judicial. Quedan las partes notificadas de lo decidido en este acto. Remítase el expediente original por ante el Ministerio Público, una vez vencido el lapso de Ley. Y así se decide.
D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LIBERTAD del ciudadano INGRID JOSE DIAZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.421.473, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 19-06-69, de 37 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio estudiante, hijo de OSWALDO OSORIO (V) y de LUISA DIAZ (V), residenciado en Vereda 40, casa N° 07, Calle N° 09, sector III, Tronconal III, Barcelona, Estado Anzoátegui, EDGAR ALEXANDER GONZALEZ DIAZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.359.084, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 10/07/1983, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio ESTUDIANTE, hijo de EDGAR GONZALEZ (V) y de MARITZA DIAZ (V), residenciado en CALLE EL PROGRESO, BARRIO PORTUGAL ARRIBA, CASA N° 10-36, BARCELONA, Estado Anzoátegui, MARCOS ANTONIO CARABALLO URBANEJA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.632.899, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 03/09/1978, de 27 años de edad, de estado civil DIVORCIADO, de profesión u oficio MONTADOR, hijo de FELIPE CARABALLO (V) y de ISIDRA URBANEJA (V), residenciado en CALLE EL PROGRESO, CHUPARIN ARRIBA, CASA N° 20, PUERTO LA CRUZ, Estado Anzoátegui, JESUS GARCIA FUENTES, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.935.888, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació el 07/07/1977, de 29 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio OBRERO, hijo de JESUS GARCIA (V) y de RITA FARIAS (V), residenciado en CALLE LAS FLORES, CASA N° 193, CHORRERON, GUANTA, Estado Anzoátegui, PEDRO GERMAN ZAMBRANO BARRIOS, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.632.303, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 02/07/1978, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio AYUDANTE DE MECANICA, hijo de PEDRO ZAMBRANO (V) y de MARIA DEL VALLE BARRIOS DE ZAMBRANO (V), residenciado en CALLE PRINCIPAL, CASA N° 123, CHUPARIN ARRIBA, PUERTO LA CRUZ, Estado Anzoátegui, LEONEL DAVID GUERRA FRONTADO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 20.054.513, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 14/07/1988, de 18 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio OBRERO, hijo de HERNAN GUERRA (V) y de ANILDA FRONTADO (V), residenciado en CALLE MERIDAS, BARRIO LAS CHARAS, CASA N° 24, PUERTO LA CRUZ, Estado Anzoátegui, JHONNY JOSE MENDOZA SUBERO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.679.123, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 30/09/1981, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio OBRERO, hijo de SANTOS MENDOZA (V) y de MELQUIADES SUBERO (V), residenciado en CALLE PRINCIPAL, EZEQUIEL ZAMORA, CASA N° 104, PUERTO LA CRUZ, Estado Anzoátegui, PEDRO JOSE ARIAS GONZALEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.718.346, natural de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació el 21/11/1984, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio MECANICO, hijo de JORGE ARIAS (V) y de BERTA GONZALEZ (V), residenciado en BARRIO CHUPARIN CENTRAL, PUERTO LA CRUZ, Estado Anzoátegui, ELEAZAR JESUS REYES MARTINEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.879.151, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 07/02/1982, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, hijo de ELEAZAR REYES (V) y de MIRIAM MARTINEZ (V), residenciado en CALLE 07 DE DICIEMBRE, CHUPARIN ARRIBA, CASA N° 07, PUERTO LA CRUZ, Estado Anzoátegui, OMAR RAFAEL CARPINTERO RODRIGUEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-11.420.315, natural del Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 05-04-1969, de 36 años de edad, de estado civil soltero , de profesión u oficio Albañil, hijo de los ciudadanos OMAR CARPINTERO y de MELIDA RODRIGUEZ, residenciado en Barrio Las Charas, Callejón El Guasimo, Casa N° 09, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui; TOMAS VICENTE GUZMAN GARCIA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-17.791.549, natural del Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 06-11-1985, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Electricista, hijo de los ciudadanos TOMAS GUZMAN y de MARGARITA GARCIA, residenciado en Calle Pro mejora, N° 32, Barrio Las Charas, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui; LUIS JESUS PLAZA MARQUEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-14.868.570, natural del Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 14-12-1979, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de los ciudadanos CASTO PLAZA y de ROSA MARQUEZ, residenciado en Calle Pro mejora, Casa N° 29, Barrio Las Charas, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui; EDWIN JESUS SABARIEGO MORALES, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-18.106.422, natural del Puerto Cabello, Estado Carabobo, donde nació en fecha 23-10-1987, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos ALFONSO SABARIEGO y de GLADYS MORALES, residenciado en Barrio Las Delicias, Calle José Felix Rivas, Casa S/N, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui; FELIX RAFAEL DIAZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-5.187.610, natural del Bergantín, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 23-05-1954, de 52 años de edad, de estado civil soltero de profesión u oficio Mecánico Industrial, hijo de los ciudadanos DOMINGO BOLIVAR y de LUISA FELICIA DIAZ, residenciado en Tronconal III, Sector II, Vereda 40, N° 07, Calle N° 09, Barcelona, Estado Anzoátegui; GEOMAR JOSUE DIAZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-11.907.551, natural del Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 08-10-1974, de 32 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Mecánico, hijo de los ciudadanos OSWALDO OSORIO y de LUISA DIAZ, residenciado en Tronconal II, Sector IV, Vereda 40, N° 07, calle N° 09, Barcelona, Estado Anzoátegui; HOWAR VICENTE ZUÑIGA SILVIO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-16-717.655, natural del Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 03-01-1984, de 22 años de edad, de estado civil soltero, Estudiante, hijo de los ciudadanos VICENTE ZUÑAGA y de ROSIEL SILVIO, residenciado en Calle Negro Primero, Casa S/N, Valle Lindo, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui; JESUS MANUEL ALCALA GUERRERO, venezolano natural de Barcelona, donde nació en fecha 02-04-1986, de 20 años de edad, de estado civil soltero, hijo de SANTOS ALCALA y CARMEN GUERRERO, titular de la cédula de identidad N° 18.510.549, de profesión u oficio obrero, residenciado en el barrio Ezequiel Zamora, calle el Milagro N° 40, FRANCISCO JAVIER CONSTANTE MICETT, venezolano natural de Barcelona, donde nació en fecha 17-02-1983, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de LUIS COSTANTE e ISMENIA MICETT, titular de la cédula de identidad N° 16.853.555, residenciado en el barrio Colinas de Valle Verde, calle Santa Rosa, N° 32, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui; ANTONIO JOSÉ NUÑEZ ARIAS, venezolano, natural de Barcelona, donde nació en fecha 14-11-1984, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de OBER NUÑEZ Y CARMEN ARIAS, titular de la cédula de identidad N° 18.280.440, residenciado en el barrio Valle Lindo, calle Negro Primero, N° 01, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui; CARLOS ALBERTO YENDI, venezolano, natural de Barcelona, donde nació en fecha 30-08-1987, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de LUIS GÓMEZ Y CARMEN YENDIS, titular de la cédula de identidad N° 18.847.528, residenciado en barrio Ezequiel Zamora, calle el Principal, N° 83, JUAN CARLOS COVA RINCONES, venezolano, natural de Barcelona, donde nació en fecha 28-03-1977, de 29 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio electricista, hijo de ROSENDO COVA Y DELIA RINCONES, titular de la cédula de identidad N° 13.169.876, residenciado en la calle Montes N° 174, barrio Mariño, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui; JOSE ALEXANDER VILLEGAS RODRIGUEZ, venezolano, natural de Barcelona, donde nació en fecha 10-01-1983, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de JOSE VILLEGAS Y MARLENE RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° INDOCUMENTADO, residenciado en barrio El Pensil, calle Juan Bimba, N° 28, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui; ALEJANDRO GUATARAMA PÉREZ, venezolano, natural de Barcelona, donde nació en fecha 19-02-1986, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, hijo de EDGAR GUATARAMA Y AUDELINA PEREZ, titular de la cédula de identidad N° 17.971.476, residenciado en la calle Principal de Sierra Maestra, por APLICACIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, la cual consiste en la presentación periódica cada quince (15) días, por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, siendo su primera presentación el día de mañana 02 de los corrientes a partir de las 8:00 de la mañana. Líbrese el correspondiente oficio de libertad y remítanse las presentes actuaciones en su debida oportunidad legal y procesal a la Fiscalía Vigésima del Ministerio Publico de esta misma Circunscripción Judicial.. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL N° 07,
DR. NELSON ANTONIO MEJIAS RODRIGUEZ
LA SECRETARIA DE SALA,
ABOG. RAQUEL BOLÍVAR