REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de noviembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-S-2006-005603
Vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por el ciudadano ANTONIO RAFAEL PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.242.369, de este domiciliado, asistido por el abogado GEOBANI VERACIERTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.381, mediante el cual solicita sea declarado como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la de cujus PETRA ANTONIA PÉREZ, quien falleció ab- intestato el 15 de agosto del año 2.006, en su domicilio ubicado en el Sector José Antonio Anzoátegui, Parroquia Naricual, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui.- Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos DOMINGO ANTONIO SEBALLO y JESÚS SALVADOR MARTÍNEZ ROMERO, identificados en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarle su condición de ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la de cujus PETRA ANTONIA PÉREZ, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original al solicitante y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.-
LA JUEZ PROVISORIO,



DRA. IDA TINEO DE MATA
LA SECRETARIA,




DRA. MIRLA MATA ROJAS