REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-S-2006-005670

Vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana ZAIRA CELESTINA SEIJA DE BRITO, mayor de edad, de nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 3.952.116, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos ciudadanos; MARIA MILAGROS, MABRI CELESTINA y ZABRI ALBERTO BRITO SEIJAS, asistida por la Abogada PAULA CEDEÑO ADAMS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.291, y los recaudos acompañados, mediante el cual solicitan que, sean declarados ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus MANUEL ALBERTO BRITO ZAMORA, quien falleció ab- intestato el día 29 de Junio de 1996, en la Carretera Nacional, Vía Tucupido del Estado Guarico.- Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones contestes rendidas por los ciudadanos BETZAIDA JOSEFINA MUÑOZ DE THIELS y ERNESTO FRITSCHER TRIANA, identificados en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles sus condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus MANUEL ALBERTO BRITO ZAMORA, a su esposa ciudadana ZAIRA CELESTINA SEIJA DE BRITO y a sus hijos de nombres MARIA MILAGROS, MABRI CELESTINA y ZABRI ALBERTO BRITO SEIJAS, anteriormente identificados, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original al interesado y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.
LA JUEZ PROV.,


DRA. IDA TINEO DE MATA. LA SECRETARIA,


ABOG. MIRLA MATA ROJAS.
NOTA. En esta misma fecha se devolvieron originales constantes de trece (13) folios útiles. Conste.
LA SECRETARIA,

ABOG. MIRLA MATA ROJAS.
ITDM/bv