REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de noviembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-S-2006-006158

Vista la anterior Solicitud de Únicos y Universales Herederos presentado por los ciudadanos HECTOR REYES y PATRICIA ANDREINA REYES REGNAULT, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° 17.359.527 y 17.359.526, asistidos por la abogada Adoración Sepúlveda Raso, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nro 47.024, mediante el cual solicitan sean declarados como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus RAIZA JOSEFINA REGNAULT ALBORNETT quien falleció ab- intestato el día 17 de Diciembre del año 2.005, en la Ciudad de Puerto la Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui.- Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos JOSE FERNANDO GUAIQUIRIAN y KAREN SILEMNY GALLINELLI SALAZAR, identificados en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles a los hijos de la de cujus RAIZA JOSEFINA REGNAULT ALBORNETT, ciudadanos HECTOR REYES y PATRICIA ANDREINA REYES REGNAULT, antes identificados, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus antes identificada, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original a los solicitantes y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año, asimismo se ordena expedir copias certificadas solicitadas.-
LA JUEZ PROVISORIO,



DRA. IDA TINEO DE MATA
LA SECRETARIA,




DRA. MIRLA MATA ROJAS