REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de noviembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : BP02-S-2006-002270

Vista la diligencia de fecha 01 de Noviembre de 2.006, suscrita por la ciudadana PETRA MARIA CARAMO, titular de la Cédula de Identidad N° 14.225.674, debidamente asistida por el Dr. ERNESTO MEJIAS GARCIA, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.157, con la cual DESISTE del presente procedimiento, y visto el contenido de la misma, este Tribunal acuerda de conformidad, en consecuencia, HOMOLOGA dicho desistimiento y lo toma como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Así mismo se ordena la devolución de los documentos originales anexos a la solicitud y da por terminado el presente procedimiento y ordena su remisión al Archivo Judicial. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
La Juez Suplente Especial,


Abg. Helen Palacio García
La Secretaria Acc.,


Abg. Marieugelys García Capella.


HPG/lorena.-