REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintitrés de noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-S-2005-002757
Vista la anterior solicitud, suscrita por la ciudadana MARIA GARCIA DE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 1.176.888, debidamente asistida por el abogado en ejercicio RUBEN BARRERO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 50.205, y la justificación promovida y evacuada por ante este Tribunal con las declaraciones de los Ciudadanos: BERNARDO TAYUPO RIVERO y PEDRO TAYUPO venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.955.391, y V-1.178.215, respectivamente, de este domicilio, a favor de la solicitante Ciudadana: MARIA GARCIA DE HERNANDEZ, quien manifiesta su deseo de que se le expida Título Supletorio de Propiedad y Posesión sobre unas bienhechurias construidas sobre terrenos baldíos, el cual tiene una extensión de aproximadamente CIENTO SETENTA (170) HECTAREAS, dicha construcción tiene las siguientes características una casa de habitación, paredes de bloques de cemento, techo de abestro, dos habitaciones, sala comedor, porche, cocina, corredor con techo de zinc. Un corral de ganado de 1500 metros cuadrados, cercado de estantes de madera y 7 pelos de alambre púas. Un corral para becerros de 600 metros cuadrados cercado de madera totalmente. Dos tanque de cemento para depositar agua con una capacidad de 2000 litros uno y otro de 3000 litros. Un pozo de agua de 25 metros de profundidad y cuatro pulgadas de ancho. Una motobomba que esta instalada en el pozo para extraer el agua que se utiliza para el riego de los árboles frutales, bebida del ganado y riego del pasto. Ciento setenta hectáreas cercadas de estantes de madera y seis pelos de alambre púas de las cuales 80 hectáreas son potreros sembrados de paja, 30 para sembrar maíz y las demás montañas donde en el verano pastan las reces. Sembradíos de 60 matas de cambur, 80 matas de ciruela, 50 matas de mango, 7 matas de mamón. Dos lagunas, dos comedores de metal para depositar comida al ganado. Ciento cincuenta (150) cabezas de ganado vacuno (entre vacas, novillas, mautes, becerros, toro, etc; Veinte (20) cabezas de ganado caballar (entre yeguas, potro y caballos). Esta comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con terrenos de la camaronera. SUR: Con terrenos ocupados por el Sr. Pedro Romero y José Rodríguez. ESTE: Con terrenos ocupados por la secesión Yaselli y OESTE: Con terrenos ocupados por el Sr. Carlos Estanga.
Que la referida bienhechuria tienen un costo de OCHENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 80.000.000,°°). El Tribunal considera suficientes los recaudos presentados, y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara a la Justificación promovida suficiente Título Supletorio de Propiedad y Posesión, a favor de la ciudadana: MARIA GARCIA DE HERNANDEZ, ya identificada, dejando a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez Suplente Especial
Dra. Helen Palacio García
La Secretaria Suplente
Abog. Marieugelys García Capella
HPG/luyanny