REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, siete de noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-S-2006-005265
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: JOSÉ RAMON MIRANDA ULLOA, venezolano, mayor de edad, casado, Ingeniero en Petróleo, titular de la Cédula de Identidad Número V-4.875.748, domiciliado en la Ciudad de Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, debidamente asistido por el Dr. GENARO YASELLI ROJAS, abogado en ejercicio, e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 9.319, y la justificación promovida y evacuada por ante este mismo Tribunal, con las declaraciones de los ciudadanos: FRANKLIN ARTURO GUEVARA BORDONES, PEDRO ANTONIO FUENMAYOR MONTES y MARCELO RAMON SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.876.505, 12.317.121 y 5.861.115, respectivamente, a favor del solicitante Ciudadano: JOSÉ RAMÓN MIRANDA ULLOA, quien manifiesta sus deseos de que se le expida Título Supletorio de Propiedad y Posesión sobre unas Bienhechurias realizada en el Fundo Agropecuario denominado “FUERA DE CHISME”, según consta en documento Autenticado por ante la Notaria Pública Primera de Puerto La Cruz, el día Veintinueve de Diciembre de Mil Novecientos Ochenta y Nueve, anotado bajo el N° 78, Tomo 110 de los Libros de Autenticaciones llevados por dicha Notaria y posteriormente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Libertad, (Hoy Municipio) del Estado Anzoátegui, el día Nueve de Febrero de Mil Novecientos Noventa y Cinco, Registrado bajo el N° 8, Folios 26 al 30, Protocolo Primero, Primer Trimestre del citado año, la Parcela de Terreno antes descrita forma parte integrante de una mayor extensión de terreno que mide Cincuenta Hectáreas (50Has), y la misma se encuentra alinderada de la siguiente manera: NORTE y OESTE: Con Terrenos Municipales de mayor extensión; SUR: Un Potrero que es o fue de Manuel Antonio Rojas, y ESTE: Con la Carretera Negra (Vía San Mateo-Anaco) que es su frente, el mencionado lote de terreno esta ubicado en la Jurisdicción del Municipio Libertad del Estado Anzoátegui. Sobre las tantas veces mencionada Parcela de Terreno y para el mejor funcionamiento del Fundo “FUERA DE CHISME” y con dinero de su propio peculio construyó las siguientes Bienhechurias:
A.-Una Casa Principal de (120 M2) de tres(3) habitaciones, Un (1) Baño, Cocina, Sala-comedor y Porche con aleros a los costados para estacionamiento de Cuatro (4) Vehículos, con pozo séptico y todos los servicios con una Inversión de Cien Millones de Bolívares (Bs. 100.000.000,oo).
B.-) Una (1) Casa de Caporal de (60 M2) de dos (2) Habitaciones, Un (1) Baño, Cocina y Sala Comedor con pozo séptico y todos los servicios, por un valor de Treinta Millones de Bolívares (Bs. 30.000.000,oo).-
C.-) Un (1) Galpón con Mezzanina de Ciento Sesenta Metros Cuadrados (160 M2), Un (1) Baño y Un (1) Depósito Interno, con un Valor estimado de Sesenta Millones de Bolívares (Bs. 60.000.000,oo).
D.-) Un (1) Pozo de Agua, apta para el consumo humano de 93 ML de profundidad, completado con tubería de 8-5/8” y Bomba electro sumergible con un Valor de Ciento Cincuenta Millones de Bolívares (Bs. 150.000.000,oo).-
E.-) Una (1) Cochinera de Bloques y estructura de hierro con techo de zinc y piso de concreto, con capacidad para 144 Cochinos y 3 Pozos Sépticos (180 M2) por un valor de Setenta Millones de Bolívares (Bs. 70.000.000,oo).-
F.-) Dos (2) Vaqueras de estructura de hierro, una de ellas con techo de zinc, por un valor de Cuarenta Millones de Bolívares (Bs. 40.000.000,oo).-
G.-) Un tendido Eléctrico con Transformadores Trifásicos, que incluyen Cuatro (4) Postes grandes y diez (10) pequeños, por un valor de Ochenta Millones de Bolívares (Bs. 80.000.000.oo).-
H.-) Cien (100) Matas de Naranjas Californias en Producción y Cincuenta (50) Árboles frutales aproximados, por un valor de Treinta Millones de Bolívares (Bs. 30.000.000.oo).-
I.-) Construcción de Tres (3) Lagunas: Dos (2) grandes y una (1) pequeña por un valor de Noventa Millones de Bolívares (Bs. 90.000.000,oo).-
J.-) Cerca de Tubos de 8” y 6” y Cabillas de ½ con Portón de Alfajol (250 ML) por un valor de Treinta Millones de Bolívares (Bs. 30.000.000.oo).-
K.-) Cerca de palos de Yaques con Alambre púa (800 ML) por un valor de Cinco Millones de Bolívares (Bs. 5.000.000,oo).-
L.-) Piscina de Dos (2) Ambientes (niños-adultos) por un valor de Veinte Millones de Bolívares (Bs. 20.000.000,oo).-
M.-) Deforestación con maquinaria pesada de Cuarenta y Tres (43) Hectáreas con un costo de Inversión de Setenta y Siete Millones Cuatrocientos Mil Bolívares (Bs. 77.400.000,oo).- La inversión es la cantidad de SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 782.400.000,00), por concepto de mejoras, remodelación y capacidad de producción plena del Fundo “FUERA DE CHISME”. El Tribunal considera suficientes los recaudos presentados, y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara a la Justificación promovida suficiente Título Supletorio de Propiedad y Posesión, a favor del ciudadano: JOSÉ RAMÓN MIRANDA ULLOA, ya identificado, dejando a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Tómese nota de este Decreto en el Libro Diario que lleva este Tribunal y devuélvanse originales con sus resultas las presentes actuaciones.
La Juez Suplente Especial,
Dra. HELEN PALACIO GARCIA.-
La Secretaria Accidental,
Abog. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA.
HPG/Gledys.-