REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, ocho de noviembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : BN11-L-2004-000021

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (PERENCION DE LA INSTANCIA)

JUICIO: LABORAL

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS
LABORALES

DEMANDANTE: Pedro Guaiquire, venezolano, mayor de
edad, titular de la cédula de identidad N° 11.658.244, de este
domicilio.-


DEMANDADO: Empresa TAMPA, en la persona del Ciudadano:
Vicenio Shire, en su carácter de Relaciones Laborales.



Por cuanto de la revisión de las actas que conforman la presente causa, observa este Juzgador que en el presente juicio, desde el último acto practicado hasta la presente fecha ha transcurrido más de Un (1) Año, sin que ninguna de las partes haya instado procedimiento alguno; se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil. Y así se declara.-

Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, por haber ocurrido la perención en la presente causa.-

Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada de la presente decisión.

DADA, FIRMADA Y SELLADA en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En la ciudad de El Tigre, a los Ocho (8) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Seis. Años: 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
LA JUEZ,

Abg. Arelis Morillo Sánchez
Suplente Especial.-
LA SECRETARIA,


Abg. Ilmiflor Guevara Lista