REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de noviembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-S-2006-005223
PARTE ACTORA: EDGAR RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad No. 5.973.476.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO SE PRESENTÓ.
EMPRESA DEMANDADA: ARMOR GROUP.
APODERADOS DE LA DEMANDADA: NO SE PRESENTÓ
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.

Hoy, diez (10) de noviembre de 2006, siendo las nueve (09:00 a.m.) de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, por CALIFICACIÓN DE DESPIDO; se deja expresa constancia de que las partes no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196°.
El Juez

Abg. Sergio Millan Charles
La Secretaria

Abg. Isolina Vásquez

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 9:20 a.m. Conste.
La Secretaria

Abg. Isolina Vásquez