REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, 17 de Noviembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-L-2006-000589
PARTE ACTORA: LUIS JOSE RAMOS VALLENILLA, CRISTOBAL DE JESUS FUENTES JIMENEZ y LUIS JOSE VALDEZ SERRANO, venezolanos, titulares de la cédula de identidad números 8.245.677, 3.557.753 y 8.277.966, respectivamente.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO SE PRESENTÓ.
EMPRESA DEMANDADA: VENALMAQ, C. A.
APODERADOS DE LA DEMANDADA: SANDRO MARTINEZ PERICO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 49.098.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES..

Hoy, diecisiete (17) de Noviembre de 2006, siendo las nueve (9:00 a.m.) de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.., comparece por la demandada VENALMAQ, C. A.., el abogado SANDRO MARTINEZ PERICO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 49.098., inscrito en el Inpreabogado bajo el No 49.098; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, al igual que no compareció la empresa FERTILIZANTES NITROGENADOS de VENEZUELA, C. E. C.. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196°.
El Juez

Abg. LEONARDO BLANCO PEREZ
La Secretaria

Abg. ISOLINA VASQUEZ SALAZAR

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 10:27 a.m. Conste.
La Secretaria

Abg. ISOLINA VASQUEZ SALAZAR