REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de noviembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-S-2006-005812

Vista la anterior solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana FRANCIS JOSEFINA VARGAS SISO, mayor de edad, venezolana, viuda, titular de la cédula de identidad N° V-12.075.137 de este domicilio, quien actúa en representación de las niñas XXXXXXXXXXXX, debidamente asistida por la abogada en ejercicio RUTHMARIS BARRIOS, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 106.489, en la cual solicitan de esta Sala de Juicio Nº 01, se les declare como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto ciudadano ELIAS ALFONZO BARRIOS COURBENAS, fallecido en Barcelona, Estado Anzoátegui, en fecha 08 de octubre de 2006.- Esta SALA DE JUICIO Nº 01, DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, luego de haber examinado y estudiado detenidamente todos y cada uno de los recaudos acompañados a la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas MARIA EUGENIA ODREMAN GARCIA y GLADYS ELENA GARCIA DE ODREMAN, quienes debidamente juramentados declararon por ante ésta Sala de Juicio Nº 01, y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 177, Parágrafo Cuarto de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA, las anteriores actuaciones suficientes para asegurarle, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del difunto, ciudadano ELIAS ALFONZO BARRIOS COURBENAS, a su esposa ciudadana FRANCIS JOSEFINA VARGAS SISO, y a sus hijas XXXXXXXXXX, quedando a salvo los derechos de terceros. Entréguesele las actuaciones originales a la parte interesada, déjese constancia en el Libro Diario que lleva éste Tribunal. Cúmplase.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL. SALA Nº 01.


ABOG. SANTA SUSANA FIGUERA
LA SECRETARIA. ACC


ABOG. MARY CARMEN BATISTA