REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-S-2006-005804
Por recibida la anterior solicitud de AUTORIZACION JUDICIAL, propuesta por la ciudadana INDIRA JOSEFINA REIMY OLIVARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.870.055, actuando en nombre y representación de sus hijos la niña y adolescente KATHERINE ELENA GARCIA REIMY y MOISES DAVID REIMY OLIVARES, venezolanos, de actualmente diez (10) y trece (13) años de edad, respectivamente, debidamente asistida en este acto por la Defensora Pública Cuarta de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, abogada ALCIRA HERRERA, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constantes de ocho (08) folios útiles.- Désele Entrada.- Admítase.- Fórmese Expediente y Anótese en los Libros Respectivos.- En consecuencia, se ordena notificar a la ciudadana Fiscal Décimo Tercera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Inicio del presente procedimiento y a su vez para que emita su opinión al respecto. Líbrese boleta de notificación. Asimismo, se acuerda oír la opinión de la niña y adolescente KATHERINE ELENA GARCIA REIMY y MOISES DAVID REIMY OLIVARES, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Igualmente, se acuerda la citación del ciudadano CARLOS EDUARDO GARCIA BRITO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.384.535, de este domicilio, para que comparezca por ante este Tribunal al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en horas de Despacho comprendidas de (8:30am a 3:30pm), a los fines de que exponga lo que creyere conveniente sobre la presente solicitud. Líbrese boleta.-
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº 02.-
DRA. ANA JACINTA DURAN.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. MELISSA AZOCAR.-
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. MELISSA AZOCAR.-
AJD/lba.-