REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-S-2006-003247
Vista la anterior diligencia suscrita por la ciudadana ADILIA ROSA RABELO, plenamente identificada en autos, asistida por la Abogada en ejercicio LILIANA LOPEZ REBOLLEDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 94.736 y el contenido de la misma; en consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, Estado Anzoátegui, ACUERDA LA ENTREGA de la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs.300.000,oo), la cual será retirada por la ciudadana CRISALIA MARIA RODRIGUEZ, plenamente identificada en autos, de la cuenta de ahorros signada con el N° 00070088670010003332, llevada por éste Tribunal en el Banco BANFOANDES, agencia Barcelona, a nombre del niño (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) para cubrir los gastos varios del niño antes mencionado. Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 02.
Dra. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior, se dio cumplimiento a lo acordado en él. Conste.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD/CA