REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-S-2006-005810

Por recibida la anterior solicitud de Colocación en Entidad de Atención, presentada por las Abogadas YESSIKA DE LAS CASAS y MARIA YANEZ, actuando en su carácter de Consejeras de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, actuando en favor del adolescente y del niño XXXXXXXXXXXXXXXXXX, todo constante de Dieciséis (16) folios útiles.- Désele entrada.- Admítase por ser procedente.- Anótese en los libros respectivos.- Por ser este Tribunal competente para conocer de dicho asunto, conforme a lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, esta Sala de Juicio N° 01, se avoca a su conocimiento de conformidad a lo establecido en los artículos 125 y 126 literal “i” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y en consecuencia acuerda Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, tomándose en cuenta el interés superior del adolescente y del niño XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, se impone como Medida de Protección y con carácter TEMPORAL al referido adolescente y al niño MEDIDA DE COLOCACION EN ENTIDAD DE ATENCION, la cual se va a ejecutar en la Entidad de Atención Negra Hipólita I, ubicada en Vidoño, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, donde deberán permanecer y quienes tendrán la Guarda, Custodia y Representación del niño de autos, hasta tanto este Tribunal averigüe todo lo concerniente respecto al presente caso. Notifíquese del presente procedimiento a la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público. Librese oficio a la Entidad de Atención Negra Hipólita I, ubicada en Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui. Líbrese boleta y oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL. SALA Nº 01.


Abg. SANTA SUSANA FIGUERA CABELO.
LA SECRETARIA ACC,


Abg. MARY CARMEN BATISTA.