REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, siete de noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-S-2006-005964
Por recibida la presente solicitud de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, propuesta por la ciudadana SILVERIA DEL CARMEN COVA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.217.986, de este domicilio, actuando en nombre y representación de su hija la adolescente XXXXXXXXXXX, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio INGRID JANETZI LEDEZMA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 119.118, junto con los recaudos que en ella se mencionan todos constante de ocho (08) folios útiles.- Désele entrada. Anótese en los libros respectivos, Admítase por ser procedente y no ser contraria a derecho y de conformidad con lo establecido en el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, parágrafo cuarto, literal “F”, y ordena antes de proceder a la decisión de la misma: 1).- Notificar a la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, del inicio de la presente solicitud, Líbrese boleta. Igualmente, se acuerda oficiar a la Prefectura del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui y al Registrador Principal del Estado Anzoátegui, a los fines de que se sirvan remitir a este Tribunal A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE copia certificada fotostática del asiento N° 99, 100 y 101 del Libro de Registro Civil de Nacimiento del año 1990.- Líbrese oficios respectivos.-
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 02.-
DRA. ANA JACINTA DURAN.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.-
AJD/lba.-