REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de noviembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-S-2006-006028

Por recibida la anterior solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, propuesta por la ciudadana BLANCA JOSEFINA AMATIMA PERDOMO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-5.982.777, actuando en su propio nombre y representación de sus hijas ELBA DE JESUS, EYLIN DEL CARMEN, EVELYN JOSE y EYERLIN DEL VALLE CIPRIANA “BASTARDO AMATIMA”, venezolanas, las tres primeras mayores de edad, y la cuarta de actualmente catorce (14) años de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-14.190.934, V-14.190.935, V-16.852.835 y V-21.079.589, respectivamente, debidamente asistida en este acto por la abogado en ejercicio ANIER OLIVERO FIGUEROA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 98.116, en el cual solicita que se les declare UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del ciudadano EDGAR ARTURO BASTARDO BENCOMO (difunto), quien era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.896.725, por cuanto la misma no es contraria a derecho, este Tribunal LA ADMITE.- Désele entrada.- Fórmese expediente.- En consecuencia, a los fines de proveer sobre lo solicitado éste Tribunal acuerda: 1) Tómese declaración a dos (02) testigos que a bien tenga presentar la solicitante. 2) Notifíquese a la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Inicio del Presente Procedimiento. Líbrese boleta de notificación. 3) Oír la opinión de la adolescente EYERLIN DEL VALLE CIPRIANA “BASTARDO AMATIMA”, venezolana, de actualmente catorce (14) años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-21.079.589, de conformidad con lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.- Cúmplase.-
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº 02.

DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.-
ABOG. MELISSA AZOCAR.-

En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-

LA SECRETARIA.-
ABOG. MELISSA AZOCAR.-

ADJ/lba.-