En el día de hoy 08 de Noviembre de 2006, siendo las Nueve y Treinta minutos de la mañana (9:30 AM), hora y fecha establecida para el traslado y constitución de este Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Simón Rodríguez, Guanipa y José Gregorio Monagas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el sitio que indicara la parte ejecutante, a los fines de llevar a la práctica la MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO, decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial, con motivo del Juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoado por los ciudadanos: SONIA PUERTA DE JIMENEZ y RAUL JIMENEZ, contra la empresa SERVICIOS ESPECIALES SAN ANTONIO, S.A., se hacen presentes en la sede de este Tribunal Comisionado, el co-apoderado judicial de la parte actora, abogado TEODORO GOMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.993, y la apoderada judicial de la empresa demandada: SERVICIOS ESPECIALES SAN ANTONIO, S.A., abogada SAYURI RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 86.704, conforme se evidencia del Poder original que presenta a efectos videndi, quantum devolutum, para que previa certificación de autos le sea devuelto, quien expone: A los fines de evitar la Medida de Embargo Ejecutivo, y el traslado del Tribunal, le hago entrega al co-apoderado judicial de los demandantes, cheque N° 00214653, contra la Cuenta Corriente N° 0108-0158-31-0900000014, por la cantidad de CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE BOLIVARES CON VEINTITRES CENTIMOS (Bs. 14.480.439,23); favor de la ciudadana: SONIA PUERTA DE JIMENEZ, de fecha 07-11-2006, Banco Provincial-Agencia El Tigre, No Endosable, por concepto de la cantidad condenada a pagar por el Tribunal Comitente, a los fines de darle cumplimiento a la Sentencia del 19-07-2004, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial. Acto seguido el abogado TEODORO GOMEZ RIVAS, en su condición de co-apoderado judicial de los demandantes SONIA PUERTA DE JIMENEZ y RAUL DEL VALLE JIMENEZ, recibe dicho pago, contenido en el identificado cheque de gerencia, y se reserva el derecho de intimar y estimar las costas y costos procesales generados en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoado contra la empresa SERVICIOS ESPECIALES SAN ANTONIO, C.A.- Ambas partes solicitan de este Tribunal comisionado devuelva la presente comisión al Tribunal Comitente, y se deje copia del mencionado cheque en las actas procesales, así como copia del poder que acredita la representación de la abogada SAYURI RODRIGUEZ.- Seguidamente este Tribunal deja constancia que tuvo a su vista original del instrumento Poder que acredita a la abogada SAYURI RODRIGUEZ, arriba identificada, como apoderada judicial de la empresa SERVICIOS ESPECIALES SAN ANTONIO, C . A., y acuerda agregar a los autos constante de
tres (03) folios útiles, copia simple del referido Poder, y oídos el planteamiento voluntario, libre y sin coacción alguna efectuado entre ambas partes en la sede de este Tribunal, y no siendo contrario a derecho tal Convenimiento, este Tribunal lo acuerda de conformidad y por ende se abstiene de ejecutar la presente medida para la cual fue amplia y suficientemente comisionado. Asimismo hace constar que recibe constante de un (01) folio útil, copia fotostática del Cheque signado con el N° 00214653, contra la Cuenta Corriente N° 0108-0158-31-0900000014, por la cantidad de CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE BOLIVARES CON VEINTITRES CENTIMOS (Bs. 14.480.439,23); favor de la ciudadana: SONIA PUERTA DE JIMENEZ, de fecha 07-11-2006, y acuerda agregarlo a los autos respectivos. Igualmente acuerda remitir la presente Comisión con sus resultas al Juzgado Comitente. Es todo. Siendo las once y veinte minutos de la mañana (11:20 AM) el Tribunal declara cumplida su misión. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ,
ABG. LISBETH VELASQUEZ ORDAZ
EL CO-APODERADO ACTOR
ABG. TEODORO GOMEZ RIVAS
LA APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDANTE LA SECRETARIA
ABG. SAYURI RODRIGUEZ ABG. ANA VÁSQUEZ
COMISION: BP12-V-2006-000549
|