REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez (10) de noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-R-2006-000759
PARTE ACTORA APELANTE: ALEJANDRO GUNTERMANN, titular de la cédula de identidad No. 8.872.831.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA APELANTE: ERWIN OTTO GUNTERMANN, CARMEN LOZADA y MARIANELA MARRERO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 38.531, 86.984 y 47.276, respectivamente.
PARTE DEMANDADA:SOUTH AMERICAN ENTERPRICES, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Anaco, bajo el No. 288, Tomo 112, de fecha 31 de mayo de 1951.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ALINDA HERNANDEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No. 87.052.
MOTIVO: RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA CONTRA LA SENTENCIA DICTADA POR EL SUPRIMIDO JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, EN FECHA 02 DE JUNIO DE 2003. OIDO EN AMBOS EFECTOS EN FECHA 27 DE JULIO DE 2006.
En el día hábil de hoy, diez (10) de noviembre de 2006, siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia de parte en la presente causa, se deja constancia que se encuentran presentes la Juez Temporal, la Secretaria del Tribunal, el alguacil designado, dejándose constancia de la incomparecencia de la parte actora recurrente, ni por si ni por representación judicial alguna. Asimismo se deja constancia de la presencia de la demandada, a través de su apoderada judicial Abogado ALINDA HERNANDEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No. 87.052, quien consigna copia simple de instrumento poder para que previa confrontación con el original sea certificado por secretaria. Seguidamente, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, al evidenciar la incomparecencia de la parte recurrente a la presente audiencia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: De conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo DESISTIDO el recurso de apelación, interpuesto por la representación judicial de la parte actora contra la decisión dictada por el Suprimido Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 02 de junio de 2003, la cual queda CONFIRMADA. Igualmente se deja constancia, que la presente Audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, serial No. 4400990, manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano DARWIN VASQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.283.339. Se ordena agregar a los autos la video grabación del presente acto. Se acuerda la publicación de la presente acta. Asimismo se ordena agregar a los autos la hoja de control de audiencia llevada por este Tribunal Superior. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Temporal,
Abg. Carmen Cecilia Fleming H.
APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA
EL ALGUACIL
La Secretaria,
Abg. María Carmona.
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