REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de octubre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : BP02-V-2005-001203

Visto el escrito presentado en fecha 06 de Octubre de 2.006, suscrito por el Dr. CARLOS E. APONTE GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.276.967, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.916, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del Ciudadano: CRUZ RAMÓN PÍÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.809.966, por una parte, carácter tal que consta de Instrumento poder, otorgado por ante la Notaría Pública Séptimo del Municipio Chacao del Estado Miranda en fecha 27 de Septiembre de 2.005, bajo el N° 26, Tomo 99 de los Libros de Autenticaciones llevados por dicha Notaría y por la otra, el Ciudadano: GERARDO RAMÍREZ CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.131.499, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.034, actuando en su carácter de Liquidador de la Sociedad Mercantil ATUNERA DE ORIENTE, S.A. (ATORSA), debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, el día 27 de Marzo de 1.989, bajo el N° 13, Tomo A-11, y visto el contenido del mismo, este Tribunal conforme a lo solicitado por ambas partes en dicho escrito, HOMOLOGA dicho Desistimiento, en los mismos términos y condiciones por ellos descritos, y lo toma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y el archivo del presente expediente. Así se decide.-
La Juez Suplente Especial.

Dra. HELEN PALACIO GARCIA.-
La Secretaria Accidental,

Abog. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA..
HPG/Gledys.-