REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de octubre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : BP02-V-2004-000983

Vista la diligencia de fecha 04 de Octubre de 2.006, suscrita por la Ciudadana: MILDRED INGALLINA FUENMAYOR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.228.877, actuando en su propio nombre y en representación de la Sucesión Ingallina, debidamente asistida por los Dres. JESÚS ALBERTO BRACHO ACUÑA y GRACIELA SILVA DE BRACHO, y visto el contenido de la misma, donde Desisten del presente procedimiento y solicitan la devolución de los documentos originales, consignados en el libelo de la demanda, este Tribunal, acuerda de conformidad, en consecuencia, HOMOLOGA dicho Desistimiento y lo toma como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, y ordena la devolución de los documentos originales cursante a los folios del 16 al 72, ambos inclusive y del 115 al 122, igualmente ambos inclusive, previa certificación en autos y el Archivo del presente expediente.- Así se decide.
La Juez Suplente Especial.

Dra. HELEN PALACIO GARCIA.-

La Secretaria Accidental,


Abog. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA.






HPG/Gledys.-