REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de octubre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BH04-M-2003-000091
Visto el escrito que antecede de fecha 06 de octubre de 2006, suscrita por el ciudadano DAVID ALFREDO ROJAS URZUA, chileno, mayor de edad, titular de Pasaporte Chileno No. 6.384.181-1y domiciliado en Santiago de Chile, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil INVERSIONES AGAPITO C.A, debidamente asistido por el abogado CRISTIAN WULKOP, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 22.694 y titular de la Cédula de Identidad No. 5.541.527; EUGENIO GONZALEZ DE LA VEGA Y LOBERA, venezolano, mayor de edad, Abogado y titular de la Cédula de Identidad NO. 2.091.206, actuando en su carácter de apoderado de INVERSIONES ELVIÑA S.A; NESTOR ORLANDO MELENDEZ SANTELIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 2.537.524, asistido por el abogado CARLOS E. APONTE GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 59.916; CRUZ RAMON PIÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 3.809.966, asistido por el abogado CARLOS E. APONTE GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 59.916; GERARDO RAMIREZ CAMPOS , venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 7.131.499, e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 93.034, actuando en su carácter de Liquidador de la Sociedad Mercantil domiciliada en Guanta, Estado Anzoátegui ATUNERA DE ORIENTE, S.A (ATORSA), Sociedad en liquidación, mediante la cual desiste del presente procedimiento; el Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- De igual manera se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo del expediente y así se decide
El Juez Suplente Especial.,
Abg. Pedro Rafael Mejía.- La Secretaria.,
Abg. Doris Rojas de Nadales.-
PRM/kgs
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