REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, diez de octubre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP12-S-2006-003235


Vista la solicitud presentada por la ciudadana MAIGUALIDA BETHERMIN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro 10.390.198 y de este domicilio, debidamente asistido por el abogado JESUS BERMUDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N. 84.994, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó su ciudadana madre a expensa propias con dinero de su propio peculio, en una parcela de terreno ubicada en la CALLE Independencia del sector 17 de diciembre El Tigre.- Alinderadas de la siguiente manera: NORTE: Casa que es o fue de la señora Maria Pérez; SUR: Parcela Municipal N. 48-B ; ESTE: Casa que es o fue de Juana Ojeda y OESTE: Calle Independencia.- Dichas bienhechurias consisten en tres (3) habitaciones, dos (2) baños, sala comedor, cocina, paredes de bloques, de cemento, piso de cemento, cerca de bloque.- El valor invertido en ella es la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 10.000.000,oo) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos JESUSITA MARTINEZ Y MAIRA FERNANDEZ MEDINA, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana MAIGUALIDA BETHERMIN ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones al interesado.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA

LA SECRETARIA,

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA