REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, diecisiete de octubre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP12-S-2006-003300
Vista la solicitud presentada por la ciudadana FRANCISCA BUCARITO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.457.764, domiciliada en la CALLE Nueva esparta casa Nº 11 del sector Pueblo Ajuro de esta ciudad de El Tigre Estado Anzoátegui, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicada en la dirección arriba mencionada, asistida de abogado, sobre un lote de terreno ejido, alinderada de la siguiente manera NORTE: con bienhechurias del señor Alexis García; SUR: Con bienhechurias del señor Antonio Castillo.- ESTE: con calle Nueva Esparta que es su frente y OESTE: Con bienhechurias del señor Vidal Maestre.- Dichas bienhechurias consta de una casa de habitación, construida con bases de concreto armado, paredes de bloque de cemento totalmente frisada, piso de cemento pulido, techo de zinc con respectivas estructuras de madera, puertas y ventanas de hierro.- El valor invertido es la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs.5.000.000,oo) , y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, YAMILET GUTIERREZ y LUIS MARCANO, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana FRANCISCA BUCARITO, ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA

Se devuelve original con sus resultas a la parte interesada constante de siete (7) folios útiles.- Conste.-
LA SECRETARIA

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA