REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, diecinueve de octubre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP12-S-2006-003418
Vista la solicitud presentada por el ciudadano NELSON ENRRIQUE ALTUVE LA CRUZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.099.291, domiciliado en la Calle Principal José Gregorio Hernández, sector el Milagro Nº A-28 de la ciudad de Anaco Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicada en la dirección arriba mencionada, asistido de abogado, sobre un lote de terreno ejido, que mide trece metros (13mts) de frente por veinte metros (20mts) de fondo; alinderada de la siguiente manera NORTE: Calle Principal José Gregorio Hernández, que es su frente.- SUR: Casa que es o fue de la ciudadana Hilda de Blanco.-ESTE: Casa que es o fue del ciudadano José Pino y OESTE: casa que es o fue del ciudadano Rafael Ortiz.- Dichas bienhechurias consta de paredes de bloque, piso de cemento, techo de zinc, una habitación, un baño con sus accesorios, ventanas corredizas con sus respectivos protectores de hierro, puertas de hierro.- El valor invertido es la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.1.500.000,oo) , y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, NO TIENE éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano NELSON ENRRIQUE ALTUVE LA CRUZ, ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA
Se devuelve original con sus resultas a la parte interesada constante de seis (6) folios útiles.- Conste.-
LA SECRETARIA
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA