REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintitrés de octubre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP12-F-2006-000006
Visto el escrito de contestación a la demanda, de fecha quince de junio de dos mil seis, presentado por el abogado JUAN VICENTE CABRERA, mediante el cual en la parte final de dicho escrito RECONVIENE a la ciudadana ENRIQUETA ROJO, en el presente procedimiento de PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL, por cuanto NO EXISTE NINGÚN OTRO BIEN QUE PARTIR, el tribunal a los fines de pronunciarse sobre la admisión de dicha reconvención observa:
Se trata la presente causa de un JUICIO DE PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL, el cual ha de tramitarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 777 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se desprende del mencionado escrito que la parte demandada solicita que no existe otro bien que liquidar, es decir que existen bienes que liquidar, siendo en consecuencia el procedimiento a seguir el pautado en nuestra ley adjetiva, y por cuanto la parte demandada no tiene objeto en su pretensión, es por lo que este tribunal NIEGA la admisión de dicha reconvención, y, ordena proseguir la causa, y así se decide.
LA JUEZ TEMPORAL,
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA.