REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veinticuatro de octubre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP12-S-2006-002404
Vista la anterior solicitud de Únicos y Universales Herederos y los anexos que le acompañan, presentada por el abogado ARGENIS JOSE BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titula de la cédula de identidad N. 43.060, actuando en este acto en nombre y representación de los ciudadanos ANGELICA JOSEFINA, JOSE GREGORIO, JACQUELINE DEL VALLE y DIXY DAMELIS VILCHEZ BACA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. 8.495.866, 9.820.941, 8.495.396 y 9.820.927 respectivamente, domiciliados en el Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, mediante la cual solicitan sean declarados Únicos y Universales Herederos, de la ciudadana ANA ISABEL BACA, fallecida Ab-intestato el día 09 de junio del 2.001.- Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los testigos evacuados por ante el Juzgado del Municipio anaco26 de octubre de 2005, ciudadanos ZULEIMA JOSEFINA GARCIA BASTARDO y CARLOS JOSE SERRANO MARTINEZ, plenamente identificados en las declaraciones, los cuales quedaron contestes en afirmar los dichos del solicitante, es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la “de cujus” ANA ISABEL BACA, a los ciudadanos ANGELICA JOSEFINA, JOSE GREGORIO, JACQUELINE DEL VALLE y DIXY DAMELIS VILCHEZ BACA, plenamente identificado, en sus carácter de hijos de la “de cujus” antes mencionada, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados.- Así se decide.-
La Juez Temp.,
Dra. ELAINA GAMARDO LEDEZMA.
La Secretaria
Abg. Marianela Quijada Estaba
Se devuelve original con sus resultas a los solicitantes constante de veintitrés (23) folios útiles.- Conste.
La Secretaria
Abg. Marianela Quijada Estaba